domingo, 23 de septiembre de 2012

La fiesta de la nieve gay en Bariloche



Terminó la Fiesta de la Nieve Gay


En la foto de archivo del 30 de julio del 2011 del Facebook podemos ver al Rey de la Fiesta de la Nieve Gayy en la última edición de este año de 2012 y por otro lado uno de los organizadores de el evento comercial sobre la diversidad, el que diga que hubo tongo es un mal intencionado y desde aquí vamos a defender la honestidad y el buen nombre de los organizadores de la Fiesta de la Nieve Gay 

Los primeros soberanos de la Fiesta de la Nieve Gay evento altamente publicado en Facebook y otras redes, fueron coronados este sábado en la ciudad de San Carlos de Bariloche. El evento tiene por fin promover la aceptación y respeto a la diversidad dice la nota de SENTIDO G

Los elegidos fueron Gabriel Rojas y Rubi Bellier a quienes podemos apreciar en la siguiente foto, los que se los ve muy alegres por haber ganado el concurso




La conducción y animación del evento estuvo a cargo de Emiliano Boscatto,  la propietaria de la Disco Queen de Mendoza Ana Laura Nicoletti y el conductor del programa de televisión local "Más vale tarde que nuncaMicky Ruffa en las instalaciones de la ex disco Gay Diversia a partir del 4 de agosto con nueva cara y nombre: Cover

Previo a la elección se han realizado varias actividades como la visita a feria artesanal y visita a la Confitería Giratoria del Cerro Otto y disponerse a bailar hasta la caída del sol, en la Otto House Music, única disco en la cima de la montaña.

Entre los participantes de esta actividad no pasó inadvertida Ana Laura Nicoletti, primera reina gay de la Vendimia (Mendoza), más conocida como “La Turca Glamour”, quien se mostró encantada por el paisaje expresando que “es un lugar maravilloso” y “siento que estamos reviviendo el viaje de egresados”, con sus lapidario comentario dejó a la Fiesta de la Nieve Gay a la altura de un viaje de egresados que nos gustaría conocer algún detalle

Les dejamos una última foto (de los organizadores del Evento de La Fiesta de la Nieve Gay) de nuestro representante el Rey de La Nieve Gay con otros participantes (Sergio Beroiza) seduciendonos con sus peludas piernas



sábado, 8 de septiembre de 2012

Demandan a Chile ante la Comisión Interamericana por prohibición del matrimonio igualitario


Es la primera demanda de su tipo presentada en el sistema interamericano, donde se acusa a Chile de infringir variados artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos. La histórica acción es patrocinada por el destacados abogado Ciro Colombara, el egresado en derecho Branislav Marelic y Hunter T. Carter, quien ha asesorado a Hillary Clinton y ha luchado por el matrimonio igualitario en Estados Unidos.



El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual(Movilh) presentó  ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una inédita demanda contra el Estado de Chile por la prohibición del matrimonio igualitario, siendo la primera acción de su tipo que analizará la mencionada instancia internacional.

La demanda es una respuesta al fallo emitido el pasado 4 de abril por la Corte Suprema, la cual en forma unánime rechazó un Recurso de Apelación contra una sentencia previa de la Corte de Apelaciones de Santiago donde se había denegado un Recurso de Protección presentado por tres parejas gays después de que el Registro Civil se rehusara a casarlas.

El caso de las tres parejas gays, que también fue analizado por el Tribunal Constitucional, constituye una infracción a variados artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos, por tanto en la demanda se apela a que el Estado corrija las vulneraciones mediante la aprobación del matrimonio y las uniones civiles entre personas del mismo sexo.

En concreto, se alega que la prohibición al matrimonio igualitario vulnera el primer artículo de la Convención Americana de DDHH, el cual obliga a sus Estados parte  a “respetar los derechos y libertades reconocidos” en el mencionado texto  “y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación”.

Junto a ello se vulnera el artículo 2, donde los Estados se “comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención,  las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos” los derechos garantizados en el primer artículo.

También se infringen, entre otros,  los artículos 17,  que resguarda la protección de la familia y el derecho y al matrimonio, y el 24, relativo a la igualdad ante la ley y la no discriminación

La esta histórica demanda es patrocinada por el destacado abogado Ciro Colombara, el egresado en derecho  Branislav Marelic y el jurista Hunter T. Carter, quien es parte de uno los más prestigiosos estudios de Nueva York, ha asesorado a Hillary Clinton sobre la situación de América Latina y ha participado en la elaboración de documentos que luchan por el matrimonio igualitario en Estados Unidos.

“Con esta acción buscamos que Chile avance en forma decidida a la discusión parlamentaria y a la aprobación del matrimonio igualitario y de las uniones civiles,  en el entendido de que ambas figuras son necesarias, pues son instituciones de protección familiar diferentes y complementarias que de ninguna forma son sustituibles entre sí, en especial si hablamos de igualdad legal y de respeto real a Convención Interamericana de Derechos Humanos”, sostuvo Movilh.

El organismo añadió que “sin duda contribuirá también a este debate la sentencia del Tribunal Constitucional que analizó este caso. Ello por cuanto si bien  el TC rechazó el recurso de inaplicabilidad sobre la legislación del matrimonio,  el contenido de su sentencia fue un indiscutido aporte a la causa, toda vez que ocho de sus 10  ministros se pronunciaron a favor de las uniones civiles y cinco emplazaron directamente al Parlamento a legislar sobre la materia o  el  matrimonio”.                                   

Además la sentencia del TC fue clara en señalar que es de competencia exclusiva del Parlamento modificar la ley de matrimonio.

Antecedentes del caso.

En el marco de una acción coordinada por el Movilh, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos celebró el 2009  en Washington la primera audiencia temática sobre los efectos que provoca en Chile, Perú y Bolivia la ausencia de una legislación sobre las parejas del mismo sexo. En la ocasión, la Comisión expresó su preocupación al respecto, y aclaro que el caso sería analizado a fondo una vez que se agotarán las diligencias internas.

En ese sentido, el Movilh inició una campaña donde instó varias parejas homosexuales a iniciar la lucha jurídica. Tras ello, el 25 de septiembre del 2010  la oficial del Registro Civil, Juana Soto, negó a César Paralta y Hans Arias  la posibilidad de celebrar matrimonio. Al mismo tiempo rechazó inscribir el vínculo contraído en Argentina por Víctor  Arce y José Lillo Isla y por Stephan Abran y Jorge Monardes, en Canadá.  

El 20 de octubre del 2010 las parejas y el Movilh presentaron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, patrocinado por el abogado Jaime Silva,  donde alegaban que los artículos 102 del Código Civil y 80 de la Ley 19.947 de Matrimonio vulneraban el principio de igualdad ante la ley garantizado en el artículo 19 de la Constitución Política  al prohibir la unión entre personas del mismo sexo.

La Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso y para mejor resolver presentó el 27 de diciembre del 2010 un escrito ante el Tribunal Constitucional donde solicitó un inédito pronunciamiento sobre la aplicabilidad o inaplicabilidad del artículo 102 del Código Civil.

En un hecho sin precedentes, el 4 de enero  del 2011 el TC acogió a tramitación la petición de la Corte, tres días más tarde los abogados del Movilh, Jaime Silva y Fernando Muñoz, se hicieron parte de la causa en representación de las tres parejas gays y el  día 27 del mismo mes el TC declaró admisible el requerimiento.

Uno de los momentos más simbólicos de todo el proceso tuvo lugar el 28 de julio  del 2011 cuando el TC celebró la primera audiencia pública de su historia sobre el matrimonio igualitario, donde los abogados Silva y Muñoz defendieron ese derecho.

El 3 de noviembre el TC dictó sentencia, donde instó al Congreso Nacional a pronunciarse sobre la materia, y aunque el 9 de diciembre la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección, su presidente, Alejandro Solís, llamó en el mismo fallo a hacer un relectura de los alcances del matrimonio y la familia.

El 14 de diciembre del 2011 las parejas gays y el Movilh apelaron ante la Corte Suprema, la que dictó sentencia el 4 de abril del 2012.

domingo, 5 de agosto de 2012

Abuso Sexual de Niños

Estos consejos para evitar el abuso sexual los da Alessandra Rampolla





La simple idea de que nuestros hijos puedan llegar a ser víctimas de abuso sexual nos genera un terror glaciar. Pero es un tema sobre el cual tenemos la obligación de informarnos, porque sólo así es posible tomar medidas para evitar que ocurra. ¿Qué podemos hacer?
  • Fomentar un diálogo abierto con nuestros hijos sobre sexualidad, desde el mismo momento en que nacen. La información adecuada es la única herramienta y la mayor protección que les podemos dar.
  • Enseñarles a diferenciar entre contactos normales y abuso sexual. Lo que podríamos llamar "el buen toque" y "el mal toque".
  • Inculcarles que tienen potestad exclusiva sobre sus cuerpos, que sus partes privadas sólo pueden tocarlas ellos, a excepción de las personas que los cuidan y en situaciones específicas, como bañarlos, ayudarles a ir al baño o en una revisión médica.
  • Explicarles que si alguien trata de tocarles el cuerpo y los hace sentir incómodos, le digan que "no lo haga".
  • Enseñarles a los niños que el respeto hacia las personas mayores no significa que deben obedecer siempre: "Si alguien te toca de una manera que te incomode, dile que no lo haga, y cuéntanos enseguida".
  • Decirles que no hay secretos con papá y mamá.

Claves para estar alerta

La American Academy of Child&Adolescent Psychiatry ha establecido una serie de señales que podrían indicar abuso sexual en los niños. Les transmito estas señales, pero entendamos que ninguna de ellas, por sí sola, indica que estamos ante un caso de abuso sexual.
  • Comportamiento hipersexualizado: el niño se autoestimula de manera compulsiva, tiene una actitud seductora y erotizada. Hay que estar muy atento y saber diferenciar un comportamiento normal o distraído, como cuando el niño se toca con el control remoto mientras mira televisión, al de un comportamiento compulsivo en que el niño se toca continuamente y tiene movimientos que tú percibes como eróticos.
  • Si utiliza frases inapropiadas para su edad. Si te dice: "¿Me la chupas?", "¿Te la chupo?", "Méteme el dedo en la chuchi" es una señal de alarma. El mero hecho de que nuestro niño diga estas frases no significa que haya sido víctima de abuso sexual, pues podría haberlas escuchado en la tele o dichas por otras personas. Sin embargo, no ignores esta señal.
  • Interés poco usual en todo aquello de naturaleza sexual. O, por el contrario, una evitación extrema a cualquier contenido sexual.
  • Problemas para dormir o pesadillas.
  • Depresión o aislamiento.
  • Decir que tiene el cuerpo sucio o dañado, o tener miedo de que haya algo malo en sus genitales.
  • Negarse a ir a algún lugar en particular.
  • Secretividad.
  • Evidencia de abusos o molestias sexuales en sus dibujos, juegos o fantasías.
  • Agresividad poco común.
¿Que hacer?
Si sospechas que tu niño ha sido víctima de abuso sexual:
  • Controla tus reacciones: ante la menor sospecha o indicio de que tu niño ha sido abusado sexualmente, sentirás que todo tu mundo se derrumba, te correrá un frío por todo el cuerpo, vas a sentir mucho miedo y ansiedad. Pero ante una situación así tienes que controlar tus reacciones y pensar que tu mayor responsabilidad es contener y proteger a tu niño.
  • Nunca lo ignores: como padres es devastador recibir este mensaje, pero recuerda que el golpe más grande que le puede dar un padre/madre a su hijo abusado es no creerle o ignorarlo. Escúchalo atentamente y tan tranquilo como te sea posible, siempre atento a tus reacciones.
  • Indaga realizando preguntas abiertas: en ocasiones, lo que podría parecer una señal de abuso no se relaciona con abusos reales, sino que el niño ha estado expuesto a material de adultos o a un comportamiento adulto no intencional. Por ejemplo, vio algún contenido pornográfico o pilló a sus padres manteniendo relaciones… Para evitar confusiones que nos lleven a conclusiones erradas, debemos hacer preguntas abiertas como: "Cuéntame, ¿qué pasó?". Pero no hagas preguntas directas como: "¿Fulano te metió el dedo, te tocó, te besó?", porque son contraproducentes, ya que pueden direccionar sus respuestas, viciando la realidad de lo sucedido.
  • Evita el contacto con las personas involucradas en el hecho hasta que se clarifique.
  • Hazle saber al niño que nunca es su culpa: los niños pueden sentirse avergonzados y culpables del abuso. Déjale en claro que nada de lo sucedido es su responsabilidad.
  • Lleva al niño a que le realicen un examen médico y a una consulta psiquiátrica.

domingo, 29 de julio de 2012

La vacuna que disminuye la tasa de cáncer anal en varones homosexuales

El cáncer anal es uno de los problemas importantes en varones homosexuales, y esto es especialmente importante en la infección por VIH.







Es parecido el problema al cáncer de cuello de útero en mujeres heterosexuales con infección por VIH, donde la prevalencia de este cáncer es mayor que en la población no infectada por VIH. En mujeres infectadas por VIH durante años se llevan haciendo controles para la detección precoz de este cáncer y se aconseja que las mujeres acudan a control por Ginecología una vez al año. Allí se les hace una citología que permite descartar este cáncer. Además en los últimos años se ha descrito que la vacuna frente al virus del papiloma humano (VPH) protegería a las mujeres frente a este cáncer.

El motivo es que este cáncer suele ser secundario a infecciones por VIH que producen pequeñas verrugas que luego degeneran en cáncer. Esto no quiere decir que todas las verrugas producidas por VPH degeneren en cáncer.

De VPH hay muchos tipos y algunos están más implicados en el desarrollo de cáncer que otros (que son de los que protege la vacunación). En el caso de varones homosexuales el problema es el mismo, pero con el cáncer anal, y el VPH está asimismo implicado. Hasta hace pocos años se hacían pocos controles de citología a varones homosexuales para descartar la infección y/o posible inicio de cáncer. Recientemente ha comenzado a realizarse en muchos centros que atienden a personas infectadas. Una de las cuestiones que no se sabía es que papel podría jugar la vacuna frente al VPH para proteger de estas infecciones (y por tanto del cáncer).

En un estudio reciente se ha comprobado que en varones homosexuales entre 16 y 26 años con historia de menos de 5 parejas sexuales, la vacuna era capaz de reducir la tasa de cáncer anal con una eficacia que va del 26% al 78% dependiendo de como se analice el estudio y si se tiene en cuenta la protección frente a todos los cánceres anales o solo los provocados por  los tipos de VPH presentes en la vacuna. Este es un paso adelante importante en la prevención del cáncer anal en varones homosexuales infectados o no por VIH.



Bibliografía.
Joel M. Palefsky, M.D., Anna R. Giuliano, Ph.D., Stephen Goldstone, M.D., Edson D. Moreira, Jr., M.D., Carlos Aranda, M.D., Heiko Jessen, M.D., Richard Hillman, M.D., Daron Ferris, M.D., Francois Coutlee, M.D., Mark H. Stoler, M.D., J. Brooke Marshall, Ph.D., David Radley, M.S., Scott Vuocolo, Ph.D., Richard M. Haupt, M.D., M.P.H., Dalya Guris, M.D., and Elizabeth I.O. Garner, M.D., M.P.H. HPV Vaccine against Anal HPV Infection and Anal Intraepithelial Neoplasia. N Engl J Med 2011;365:1576-85.


miércoles, 25 de julio de 2012

La Ley 23798 denominada Ley Nacional de SIDA




La Ley 23798 denominada Ley Nacional de SIDA Argentina fue presentada en 1989 por el Poder Ejecutivo Nacional y sancionada en 1990. Esta ley fue reglamentada en 1991 por el Decreto 1244/91, que establece el requisito del consentimiento informado y reitera la confidencialidad frente al test y sus resultados.

En 1995 se aprueba la Ley 24455 que establece la obligatoriedad para las Obras Sociales de ofrecer tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos a las personas con VIH.

En 1996, se aprueba la Ley 24754 que incorpora la atención de las personas con VIH por parte de las empresas de medicina prepaga.

Principios rectores de la Ley Nacional de SIDA

 De la Ley Nacional de SIDA se desprenden una serie de principios básicos que deben ser respetados por toda la población. Estos son:

 1) Consentimiento informado
2) Confidencialidad
3) Veracidad
4) No discriminación
5) Acceso a la atención de la salud


1) Consentimiento informado
Es un procedimiento que se debe desarrollar durante toda la relación médico-paciente, basado en el diálogo y el respeto mutuo. Implica brindar información al paciente de manera comprensible de manera que pueda decidir si se somete o no a la práctica médica. La información debe incluir el diagnóstico, los riesgos y beneficios del tratamiento y las alternativas terapéuticas. El consentimiento es una decisión libre que da el paciente y supone su comprensión sobre su situación de salud. Este proceso se realiza con una autorización escrita en los casos que lo exige la ley. En el caso del testeo por VIH, el paciente debe firmar dicha autorización antes de la extracción de sangre.

2) Confidencialidad
Es la obligación de guardar o no revelar la información obtenida en una relación de confianza. Esta obligación alcanza a todos los miembros del equipo de salud y a toda persona que conozca a una persona que tenga el virus.

3) Veracidad
Es la obligación de decir la verdad y no mentir o engañar en cuanto a la información sobre el estado de salud de una persona. Al mismo, tiempo, para recibir la información es necesario contar con la contención adecuada.

4) Discriminación
La discriminación consiste en la diversidad de tratamiento en cuanto a los derechos que se da a un determinado grupo, en este caso, a las personas que viven con VIH. La Ley Antidiscriminación Nro. 23.952, prohíbe cualquier forma de discriminación, quedando de este modo incluida cualquier práctica de exclusión arbitraria hacia las personas que viven con el virus.

5) Acceso a la atención de la salud
El acceso a la atención sanitaria en nuestro país está garantizado para toda la población y está incluido en la Constitución Nacional y en los Pactos Internacionales que ésta incluye a partir de 1994. Además, la Ley Nacional de SIDA obliga a las obras sociales y a la medicina prepaga a brindar tratamiento médico, farmacológico y psicológico a las personas que viven con VIH. Para aquellas personas que no tienen obra social o prepaga es el Estado, a través de los hospitales públicos, quién brindará la atención necesaria como así también la provisión de medicamentos.


viernes, 6 de julio de 2012

Se puede cambiar de sexo en el DNI desde el 4 de junio


El trámite para cambiar el sexo en el DNI se puede realizar desde este 4 de junio en todo el país, al ponerse en vigencia la Ley de Identidad de Género. 

  Angie Álvarez, la primera policía nacida varón que cambió su sexo en Argentina y tramite su nuevo DNI.

La ley de identidad de género fue protocolizada y publicada el jueves pasado en el boletín oficial.

Mediante la misma, se le otorga a toda persona el derecho a adecuar toda su documentación al sexo, imagen y nombre de pila que desee, sin necesidad de recurrir a la Justicia.

Tampoco se le pide que haya realizado una operación de cambio genital.



El presidente la Federación de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FLGBT), Esteban Paulón, dijo a Télam que "más allá de las disposiciones de cada registro civil, a partir del lunes 4 de junio cualquier persona podrá exigir el derecho de cambio de sexo, nombre e imagen en todo el país".

El trámite, que durará de diez días a dos meses dependiendo de cada Registro Civil, consiste en la presentación de un formulario de pedido de reconocimiento de identidad y la copia certificada de la partida y del DNI.

Después de esa primera presentación, el Registro Civil dispondrá la reserva de la partida de nacimiento para generar una nueva, que referirá a una resolución interna de cada registro civil, donde quede registrado el acto, pero de forma confidencial, tal como lo establece la ley.

Esto implica que "salvo una orden judicial o interés legítimo, los datos que fueron removidos serán públicamente inaccesibles; mientras que los documentos que emitirá el registro civil solo contendrán los datos nuevos, lo que pondrá en pie de igualdad a la persona que ejerció el derecho de identidad de género contemplado en la ley, explicó el titular de la FALGBT.

"Hay una demanda acumulada que se sentirá los primeros tiempos en los registros civiles de todo el país", estimó Paulón, quien recordó que "ni bien se sancionó la ley hubo un notable incremento de consultas a nuestra organización sobre dos temas: documentos y salud", sostuvo Paulón.

A partir del cambio de datos en la partida y el DNI, el titular de la FALGBT aclaró que se iniciará otro proceso más extenso de adecuación de documentación escolar, de previsión social, salud, y cuestiones patrimoniales, entre otras, que demandará mecanismos administrativos que respondan a esta nueva situación.

:: Telám

El Chat de Gay en Bariloche