viernes, 6 de julio de 2012

Se puede cambiar de sexo en el DNI desde el 4 de junio


El trámite para cambiar el sexo en el DNI se puede realizar desde este 4 de junio en todo el país, al ponerse en vigencia la Ley de Identidad de Género. 

  Angie Álvarez, la primera policía nacida varón que cambió su sexo en Argentina y tramite su nuevo DNI.

La ley de identidad de género fue protocolizada y publicada el jueves pasado en el boletín oficial.

Mediante la misma, se le otorga a toda persona el derecho a adecuar toda su documentación al sexo, imagen y nombre de pila que desee, sin necesidad de recurrir a la Justicia.

Tampoco se le pide que haya realizado una operación de cambio genital.



El presidente la Federación de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FLGBT), Esteban Paulón, dijo a Télam que "más allá de las disposiciones de cada registro civil, a partir del lunes 4 de junio cualquier persona podrá exigir el derecho de cambio de sexo, nombre e imagen en todo el país".

El trámite, que durará de diez días a dos meses dependiendo de cada Registro Civil, consiste en la presentación de un formulario de pedido de reconocimiento de identidad y la copia certificada de la partida y del DNI.

Después de esa primera presentación, el Registro Civil dispondrá la reserva de la partida de nacimiento para generar una nueva, que referirá a una resolución interna de cada registro civil, donde quede registrado el acto, pero de forma confidencial, tal como lo establece la ley.

Esto implica que "salvo una orden judicial o interés legítimo, los datos que fueron removidos serán públicamente inaccesibles; mientras que los documentos que emitirá el registro civil solo contendrán los datos nuevos, lo que pondrá en pie de igualdad a la persona que ejerció el derecho de identidad de género contemplado en la ley, explicó el titular de la FALGBT.

"Hay una demanda acumulada que se sentirá los primeros tiempos en los registros civiles de todo el país", estimó Paulón, quien recordó que "ni bien se sancionó la ley hubo un notable incremento de consultas a nuestra organización sobre dos temas: documentos y salud", sostuvo Paulón.

A partir del cambio de datos en la partida y el DNI, el titular de la FALGBT aclaró que se iniciará otro proceso más extenso de adecuación de documentación escolar, de previsión social, salud, y cuestiones patrimoniales, entre otras, que demandará mecanismos administrativos que respondan a esta nueva situación.

:: Telám

sábado, 23 de junio de 2012

El CHAT de personas del mismo sexo en Santa Cruz Argentina

Los avisos de contactos gays, homosexuales, bisexuales, transexuales, lesbianas, activos, pasivos, versátiles de toda la provincia de Santa Cruz Argentina, 

Contactos de personas del mismo sexo en Santa Cruz Argentina


Hola santacruceños, ya podemos ir dejando los avisos y revisar los cientos de avisos de contactos gays de Santa Cruz Patagonia Argentina; ya se encuentran publicados los de las siguientes ciudades:

La ciudad Capital Río Gallegos, 

 

Puerto Deseado, 

 

Pico Truncado, 

 

Caleta Olivia, 

 

El Calafate, 

 

Puerto San Julián, 

 

Las Heras, 

 

El Turbio, 

 

Río Turbio,

 

28 de noviembre o Veintiocho de Noviembre,

 

Puerto Santa Cruz; 







Tu localidad no está aún en la lista de contactos? se el primero de tu ciudad y tendrás muchas más chances de conocer o contactar a una persona de tu mismo sexo en el primer sitio de Santa Cruz creado para el encuentro de semejantes


Todavía no hay nadie de:

El Chalten

Comandante Luís Piedrabuena,

Fitz Roy,

Gobernador Gregores,

Los Antiguos,

Perito Moreno,

Tres Lagos.

En la Página de Contactos Gays de Santa Cruz podes encontrar gordos, flacos, rellenos, delgados, osos, atléticos, lampiños, velludos, jovenes, maduros, gorda, flaca, delgada, rellena, drag, y toda la variedad de personas que imagines




LOS ESPERAMOS EN:

sábado, 9 de junio de 2012

Cambio de identidad en Río Gallegos

En Río Gallegos, se concretó el primer caso de cambio de identidad.



Con la entrada en vigencia de la Ley Nº 26.743, Gabriela logró su tan anhelado cambio de identidad. Dicha ley estipula el cambio de documentación, acorde a la imagen física de las personas. Este trámite se podrá realizar en cualquier punto del país.



Durante la jornada del lunes 04 de junio de 2012 entró en vigencia la Ley de Identidad de Género, Ley 26.743, mediante la misma se le otorga a toda persona el derecho a adecuar toda su documentación al sexo, imagen y nombre de pila que desee sin necesidad de recurrir a la Justicia, mientras que tampoco se le pide que haya realizado una operación de cambio genital.

En este contexto, también en Río Gallegos, se concretó el primer caso de cambio de identidad.

Al respecto, la directora general del Registro Civil, Andrea Millapel, expresó en ese momento: “a partir de hoy comenzó la vigencia de la nueva Ley de Identidad de Género, Ley 26743 y ya tuvimos la primera modificación en nuestra ciudad. A partir de la fecha, todos los registros civiles de la provincia están preparados para cuando se acerquen los ciudadanos y quieran hacer uso de esta opción. La verdad es que estamos bastante contentos con la nueva ley”.

Respecto a la demanda que tuvo el trámite, la directora del Registro Civil señaló “por la información que manejamos, respecto de consultas y pedidos previos, tenemos varias personas interesadas en hacer el trámite y estamos esperando las partidas de nacimiento para continuar con estos pedidos, que son alrededor de media docena”.
La funcionaria aclaró que los requisitos que establece la ley no son muy complejos, sino que “es un trámite bastante sencillo. Se pide la partida de nacimiento y fotocopia de DNI, el cual nosotros como funcionarios públicos certificamos. La única diferencia es que los santacruceños iniciamos el trámite acá y a los que nacieron en otras provincias les tomamos el trámite y luego lo remitimos a cada provincia para la modificación”.
Respecto del plazo, recordó que “entre los 10 días y los dos meses tendría que estar lista la nueva partida de nacimiento. Los nacidos en Santa Cruz pueden tener la partida de nacimiento en diez días para iniciar el trámite del nuevo DNI”.

La Ley Nacional 26743 permite cambiarse el nombre y el sexo, mientras se mantiene el número de documento y el apellido. Se trata de una declaración de voluntad propia del interesado.

Respecto de la ceremonia ocurrida en la mañana de ayer, Millapel señaló que “se trata de una persona mayor de edad, de más de 30 años, que estaba muy feliz con su cambio. Fue un acto muy lindo, muy emotivo para quien inició el trámite, que vino acompañado de la asociación UDISPA; un motivo de alegría para esta persona que esperó tantos años y finalmente pudo realizar el cambio que deseaba”, concluyó.

Por su parte, Gabriela comentó “siento una gran felicidad, es mucho lo que siento en este momento, pero deseo decirles a todos y todas que no se queden, que en la vida todo se puede. Y a todos los que me ayudaron, mil gracias”.

:: La Opinión Austral

lunes, 4 de junio de 2012

Cinco cambios de identidad de géneros ya se tramitan


Ya se solicitaron cinco cambios de identidad de género



Fue luego de que se sancionara la Ley de Identidad de género, y luego de que se conociera que a partir de hoy las personas que deseen modificar su identidad sexual y nombre de pila en el Documento Nacional de Identidad pueden realizar la rectificación en las delegaciones del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires. “Este es un avance muy importante, ya que me convierte en sujeto de derecho”, Laura Elena Moyano, que pudo concretar su sueño a los 34 años.


Luego de que se sancionara la Ley de Identidad de Género, las sedes del Registro Nacional de las Personas de distintos puntos del país recibieron las primeras solicitudes de modificación de nombre y sexo para asentar en los DNI.

“Este es un avance muy importante, ya que me convierte en sujeto de derecho”, destacó la platense Laura Elena Moyano, quien logró a sus 34 años iniciar el trámite de cambio de identidad sexual y nombre de pila en su DNI gracias a la puesta en vigencia de la norma.

“Tengo muchas sensaciones, estoy nerviosa pero a la vez tranquila, y muy contenta y emocionada de poder estar en este momento reasignando mi nombre y sexo”, dijo Moyano, al salir del registro de las personas de La Plata.

Reconoció que “esta ley es muy importante, ya que nos convierte en ciudadanos y ciudadanas provistas de derechos, nos reconoce con nuestro nombre y sexo”.

“Es un avance muy importante y más para las personas que también quieren cambiar de sexo, reasignarse, que tienen frente a sí, esta oportunidad que te dan a su vez los tratamientos hormonales y las cirugías de reasignación”, agregó.

Laura Elena Moyano, acompañada por familiares, amigos y miembros de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans y de la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros Argentinas, pudo iniciar el trámite de reasignación de sexo y nombre de pila, gracias a la puesta en vigencia de la Ley Nacional 26.743de Identidad de Género.

De la actividad, participó a su vez el subsecretario de Jefatura de Gabinete bonaerense, Juan Pablo Alvarez Echague, y la directora del Registro Provincial de las personas, Claudia Corrado.

Desde este lunes, las personas que deseen modificar su identidad sexual y nombre de pila en el Documento Nacional de Identidad pueden realizar la rectificación en las delegaciones del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires.

El trámite es gratuito y se puede hacer en la delegación del Registro más cercana al domicilio de las personas o en la delegación donde esté asentado el nacimiento.

El organismo informó que hay que presentar un formulario que tiene carácter de declaración jurada y copias certificadas de la partida de nacimiento, con no más de diez días de expedición, y del DNI de la persona solicitante.

El formulario para realizar el cambio de nombre y sexo del DNI está disponible en www.gob.gba.gov.ar/registro

Ocurrió algo similar en la ciudad de Rosario, donde cuatro personas integrantes de la "comunidad trans" del Frente de Diversidad Sexual del Movimiento Evita Rosario presentaron este lunes ante las autoridades del Registro Civil provincial la solicitud para obtener el nuevo documento de identidad que puede modificarse a partir de la entrada en vigencia la Ley Nacional deIdentidad de Género.

Michelle Mendoza, integrante del frente, dijo tras la presentación que "la ley 26.743, sancionada por el Congreso Nacional hace 20 días, es un gran paso para la igualdad de derechos".

"Nos pone muy felices que cuatro compañeras trans sean las primeras en tener su DNI con su propia identidad, por eso las acompañamos en la decisión", añadió.

En ese sentido, Michelle indicó que ese Frente de Diversidad sexual "está a disposición para asesorar a todas y todos los que quieran llevar adelante a partir de hoy este trámite".

Por su parte, las autoridades del Registro Civil de Santa Fe indicaron que, de acuerdo a la reglamentación de la ley, "el trámite será gratuito y sencillo".

Explicaron que cualquier persona que lo decida deberá llenar personalmente un formulario mediante el cual pedirá el cambio de nombre de pila y se identificará con el sexo.

Luego se inmoviliza el acta de nacimiento original y tras el reemplazo de la misma se confeccionará el nuevo DNI, que mantendrá el número original.

En tanto, el primer cambio de identidad de género, en lo que respecta a nombre y sexo, en un DNI de la Ciudad de Buenos Aires fue solicitado este lunes en el Registro Civil ubicado en la calle Uruguay al 700.

"Hace 22 años que espero esto. Estoy feliz", dijo al salir de las oficinas públicas la primera persona en solicitar ese cambio en la ciudad de Buenos Aires.

Se trata de Kalim Adrián, tal como figurará su nombre dentro de al menos 10 días en el nuevo documento y en la partida en vez de "Claudia", quien definió al cambio de identidad de género en su vida como "el comienzo del derecho a ser".

"Tener el DNI significa tener la puerta abierta al resto de los derechos que durante años nos han sido vulnerados", señaló al abandonar el registro civil en compañía de su futura esposa y de integrantes de la Federación de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FLGBT).

El trámite consistió en la entrega de una fotocopia del DNI y de la partida y la entrega de un formulario con los datos anteriores y nuevos, de los nombre de pila y del sexo.

Lee el texto completo de la Ley de identidad de Género Nº 26743 En Gay Tierra del Fuego: http://tierradelfuegogay.blogspot.com.ar/2012/06/ley-de-identidad-de-genero-ley-26743.html

jueves, 10 de mayo de 2012

La Cámara alta sancionó la ley de identidad de género




El proyecto sobre derecho a la identidad de género que el Senado de la Nación convirtió en Ley otorga la facultad a toda persona al "reconocimiento de su identidad de género, al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género y a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad".



Se entiende por "identidad de género" a la "vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento de nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo".

"Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales", establece el artículo segundo de la iniciativa.

Además, toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.

En ese sentido, toda persona que solicite la rectificación registral del sexo debe ser mayor de 18 años y presentarse ante el Registro Nacional de la Personas para modificar sus datos, salvo el número del documento original. No se le pedirá, en ningún caso, que certifique intervenciones quirúrgicas o terapias hormonales que haya llevado a cabo.

En el caso de los menores de edad, su modificación registral debe realizarse a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor.

Cuando por cualquier causa se niegue o sea imposible obtener el consentimiento de alguno de los representantes legales del menor, se podrá recurrir a la vía sumarísima para que la justicia resuelva teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva y el interés del menor.

Cumplido los trámites, el oficial público deberá notificar de oficio la rectificación de sexo y el cambio de nombre de pila al Registro Civil de la jurisdicción donde fue asentada el acta de nacimiento para que se proceda a emitir una nueva partida y se expida un nuevo documento nacional de identidad.

La rectificación registral no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral, ni las provenientes de las relaciones propias del derecho de familia que se mantendrán inmodificables.

En todos los casos, será relevante el número de documento nacional de identidad de la persona por sobre el nombre de pila o la apariencia morfológica de la persona.

La rectificación registral, una vez realizada, sólo podrá ser nuevamente modificada con autorización judicial.

Sólo tendrán acceso al acta de nacimiento originaria quienes cuenten con autorización del titular o con orden judicial. No se dará publicidad a la rectificación registral de sexo y cambio de nombre de pila en ningún caso, salvo autorización de la persona.

Todas las personas mayores de 18 años podrán acceder a intervenciones quirúrgicas o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo sin necesidad de autorización judicial, salvo en el caso de los menores de edad.

Además, los efectores del sistema de salud deberán garantizar los derechos que esta ley reconoce, al tiempo que todas las prestaciones de salud contempladas en la Ley quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio.

También deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial menores, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad.

Toda norma, reglamentación o procedimiento deberá respetar el derecho humano a la identidad de género de las personas y en ningún caso se podrá restringir o suprimir el ejercicio del derecho a la identidad de género.

Finalmente, esta norma deroga el inciso 4 del artículo 19 de la ley que reglamenta el ejercicio de la medicina que prohíbe llevar a cabo intervenciones quirúrgicas que modifiquen el sexo del enfermo, salvo que sean efectuadas con posterioridad a una autorización judicial.

jueves, 12 de abril de 2012

Tu Derecho a Saber: Orientacion Sexual



Tú tienes derecho a saber que hombres y mujeres sin importar su orientación sexual tienen derecho a: 

No ser objeto de ninguna discriminación, a participar en la vida política y social, a un trabajo y salario digno,
derecho a la privacidad a expresarse libremente, y por supuesto a no ser victima de ningún tipo de mal trato tortura prejuicios o estigmatización, ahora que ya lo sabes, si eres una persona responsable promueve  el respeto a la diversidad sexual.

Fomenta un trato igualitario en los ámbitos político laboral, educativo, social y cultural, omite el lenguaje que ofenda o agreda a las personas con orientación sexual diferente, recuerda que: para poder desarrollarnos con plenitud y en armonía en una sociedad  es indispensable practicar la tolerancia promover los derechos humanos que como individuos de una sociedad tenemos por ley y lograr la equidad e igualdad entre todos los seres humanos sin importar su identidad u orientación sexual

El Chat de Gay en Bariloche