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miércoles, 24 de febrero de 2021

Crean plataforma de empleo para personas trans

Créase el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DEL ACCESO A DERECHOS PARA PERSONAS TRAVESTIS, TRANSEXUALES Y TRANSGÉNERO en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DIVERSIDAD dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD.




Menos del 10% logran acceder al mercado laboral. Es una población de 12 mil personas. Llega tras el 1% de cupo en la administración pública.


Tras el decreto que creó un cupo laboral trans del 1% en la administración pública, los acuerdos en el sector bancario y en medio del análisis de políticas para fomentar también la contratación en el sector privado, se creó una plataforma llamada "Orgullose en el trabajo" para las búsquedas laborales.


La herramienta fue presentada por la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina (ATTTA), que preside Marcela Romero. "Esta estrategia de carácter nacional busca conectar a las personas Trans que se encuentren en búsqueda laboral con las fuentes disponibles y empleadores, tanto del sector público, privado, así como de las Organizaciones No Gubernamentales", explicaron desde la entidad. La creación de los perfiles y carga de los currículum vitae (CV) puede hacerse a través de la página web de ATTTA.

"En Argentina menos del 10% de la población Trans ha podido acceder al circuito laboral y, en muchos casos, las personas Trans no cuentan con las herramientas para generar su primer currículum vitae", remarcaron. La población trans en el país ronda las 13 mil personas.

Durante un reciente debate en Diputados por el cupo trans, antes de que saliera el decreto presidencial, Esteban Paulón, director ejecutivo del Instituto de Políticas Públicas LGBT+ remarcó que “hay prejuicios sociales que el acceso a la educación no resuelve. Hay mucha discriminación contra las personas trans. Es un grupo pequeño pero muy vulnerado”. 


Entre los servicios de la página, hay un formulario para crear el CV, que se recibirá por mail una vez finalizado. Para quienes ya lo hayan armado, también pueden optar por cargarlo en la base de datos. Además de la base de usuarios, hay una sección para empleadores.

“Esta es una oportunidad para que en los espacios de trabajo se generen ambientes sin estigma ni discriminación. No solo para las personas Trans contratadas, sino para toda la población LGBT+ involucrada. "Orgullose en el trabajo" es una herramienta política, para que entre todes trabajemos por la igualdad y el acceso real a los derechos humanos”, aseguró Romero, que también es coordinadora de la Red Latinoamericana y del Caribe de Personas Trans (RedLacTrans) y directora de la Casa Trans de Argentina.


Pese a que ya se cumplieron ocho años de la Ley de Identidad de Género impulsada por ATTTA y la Federación Argentina LGBT (FALGBT), las entidades remarcaron que "las personas Trans siguen luchando por el acceso real a los derechos humanos", lo que hacen bajo el lema “No queremos menos que la igualdad”.

Fuente: Infoleg Perfil ATTTA

viernes, 6 de julio de 2012

Se puede cambiar de sexo en el DNI desde el 4 de junio


El trámite para cambiar el sexo en el DNI se puede realizar desde este 4 de junio en todo el país, al ponerse en vigencia la Ley de Identidad de Género. 

  Angie Álvarez, la primera policía nacida varón que cambió su sexo en Argentina y tramite su nuevo DNI.

La ley de identidad de género fue protocolizada y publicada el jueves pasado en el boletín oficial.

Mediante la misma, se le otorga a toda persona el derecho a adecuar toda su documentación al sexo, imagen y nombre de pila que desee, sin necesidad de recurrir a la Justicia.

Tampoco se le pide que haya realizado una operación de cambio genital.



El presidente la Federación de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FLGBT), Esteban Paulón, dijo a Télam que "más allá de las disposiciones de cada registro civil, a partir del lunes 4 de junio cualquier persona podrá exigir el derecho de cambio de sexo, nombre e imagen en todo el país".

El trámite, que durará de diez días a dos meses dependiendo de cada Registro Civil, consiste en la presentación de un formulario de pedido de reconocimiento de identidad y la copia certificada de la partida y del DNI.

Después de esa primera presentación, el Registro Civil dispondrá la reserva de la partida de nacimiento para generar una nueva, que referirá a una resolución interna de cada registro civil, donde quede registrado el acto, pero de forma confidencial, tal como lo establece la ley.

Esto implica que "salvo una orden judicial o interés legítimo, los datos que fueron removidos serán públicamente inaccesibles; mientras que los documentos que emitirá el registro civil solo contendrán los datos nuevos, lo que pondrá en pie de igualdad a la persona que ejerció el derecho de identidad de género contemplado en la ley, explicó el titular de la FALGBT.

"Hay una demanda acumulada que se sentirá los primeros tiempos en los registros civiles de todo el país", estimó Paulón, quien recordó que "ni bien se sancionó la ley hubo un notable incremento de consultas a nuestra organización sobre dos temas: documentos y salud", sostuvo Paulón.

A partir del cambio de datos en la partida y el DNI, el titular de la FALGBT aclaró que se iniciará otro proceso más extenso de adecuación de documentación escolar, de previsión social, salud, y cuestiones patrimoniales, entre otras, que demandará mecanismos administrativos que respondan a esta nueva situación.

:: Telám

domingo, 5 de febrero de 2012

Ley de Identidad de Género

Campaña "Derecho a ser" que lanzaron la Federación Argentina LGBT y la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros (ATTTA) para impulsar el tratamiento del  proyecto de la Ley de Identidad de Género en el Congreso Nacional.





:: FALGBT

lunes, 9 de mayo de 2011

Leyendo sobre Ley de identidad de Género




Leemos en La Mañana de Neuquén el titulo de una nota en un blog: Salidendo del Closet esta nota comienza por aclarar algunos conceptos que ayudan a comprender mejor cuando se habla sobre la Ley de Identidad de Género.

Persona trans es la expresión que abarca a travestis, transexuales y transgéneros, se refiere a  aquella persona que se identifica , siente y/o expresa un género diferente al que le ha sido asignado desde su nacimiento.

Este año el Congreso de la Nación comenzó a tratar en Comisiones dos proyectos de Ley -impulsados desde 2007 por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales FALGBT y la Asociación Travestis Transexuales Transgéneros de la Argentina ATTTA (Link al proyecto http://www.attta.org.ar/documentos/ProyectoLeyReconocimientorespetoIdentidad-Genero.pdf) que son fundamentales para la vida de miles de ciudadanos y ciudadanas como la Ley de Identidad de Género y la Ley de Atención Integral de la Salud para Personas Trans. Se trata de una cuestión que hace a la dignidad y la calidad de vida de muchas personas.

¿Qué es la Ley de identidad de Género?

La Ley de Identidad de Género es una iniciativa parlamentaria que tiene por objetivo proporcionar un marco jurídico para que las personas trans —travestis, transexuales y transgéneros— puedan desarrollar su identidad de género.

El proyecto habilita el reclamo de la rectificación registral del sexo y cambio de nombre de pila por vía de un trámite administrativo ante el Registro Nacional de las Personas. Este trámite no presenta requisitos específicos, salvo la propia solicitud de la interesada o el interesado o sus representantes legales, siendo innecesaria la presentación de diagnóstico médico o psiquiátrico alguno, ni la realización de ningún tipo de cirugía de reasignación genital.


¿Cuál es el eje del debate?

Es muy importante comprender que tanto el derecho a la identidad como el derecho integral a la salud están más allá del debate sobre si se trata o no de una enfermedad: ambos están consagrados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, expresados como derecho a la autonomía, derecho a la identidad y derecho a la salud.

El derecho a la autonomía implica que todas las personas pueden definir su propio proyecto de vida, que —siempre y cuando no afecte a terceros— está exento de la intervención e injerencia estatal. Y el derecho a la identidad es el derecho a «ser quien se es y no otro/a», y a ser reconocido/a y protegido/a como tal por el Estado, sin  condicionamientos.

Por su parte todas las personas gozan — por el solo hecho de ser personas— del derecho básico a la salud; y esta debe entenderse —al decir de la OMS— como «un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedad».

Esto obliga a los Estados a generar condiciones en las cuales todas y todos podamos vivir lo más saludablemente posible, de acuerdo a diversas condiciones que exceden el simple derecho a estar sanas y sanos. Esas condiciones comprenden la disponibilidad garantizada de servicios de salud, la contención y reconocimiento por parte de los entornos familiares y afectivos, condiciones de trabajo saludable y seguro, vivienda digna y alimentos nutritivos, entre muchas otras. 

 
¿En qué consiste la Ley de Atención Sanitaria Integral para personas trans?

Se trata de un proyecto de ley, cuyo objeto es regular el procedimiento que deben llevar a cabo las y los profesionales de la salud en los establecimientos asistenciales de los sistemas de salud público y privado y de las obras sociales para la atención médica de las personas trans, en aquellos casos en que decidan realizar intervenciones para la reasignación genital, u otros tratamientos hormonales o quirúrgicos específicos.

La necesidad de la intervención especializada no implica en ningún caso el diagnóstico de una enfermedad, sino el asesoramiento y acompañamiento profesional para garantizar integralmente la salud de los/as ciudadanos/as trans. Se entiende a la salud, en el marco de este proyecto, como el completo bienestar físico, psíquico y social, en conformidad con la identidad y expresión de género asumida en forma autónoma y de acuerdo con el propio proyecto de vida.


El Chat de Gay en Bariloche